Por desgracia, las infracciones laborales y de empleo asociadas en la industria del cannabis van en aumento. Nuestro bufete cuenta con una trayectoria de 50 años ayudando a los empleados a hacer valer sus derechos laborales y garantizando que reciban la remuneración que les corresponde por ley.
En 2012, Colorado y Washington se convirtieron en los dos primeros estados en despenalizar el cannabis tanto para uso medicinal como recreativo. A mediados de 2023, treinta y ocho estados y el Distrito de Columbia han legalizado el cannabis para uso de pacientes médicos, y nueve estados (Carolina del Norte y del Sur, Georgia, Iowa, Tennessee, Texas, Wisconsin y Wyoming) han legalizado el uso médico de productos con bajo contenido de THC y alto contenido de cannabidiol ("CBD"). Todas las formas de cannabis medicinal son ilegales en Idaho, Kansas y Nebraska. Veintidós estados (junto con Washington, D.C.) han legalizado o despenalizado el cannabis tanto para uso médico como recreativo. Algunas ciudades, como Atlanta, Filadelfia, Baltimore y Richmond, ofrecen ahora protección a los consumidores de cannabis medicinal o recreativo. Como resultado, la industria del cannabis medicinal y recreativo es un segmento de la economía estadounidense en rápido crecimiento.
La industria incluye una amplia gama de puestos de trabajo y responsabilidades, como personal de venta al por menor y cajeros de dispensarios, cuidadores de cogollos, mensajeros, empaquetadores, técnicos de extracción, probadores, inspectores de control de calidad, cocineros de comestibles, cultivadores, cultivadores, recortadores y cosechadores.
Infracciones habituales en el lugar de trabajo
Los empleados del cannabis suelen serlo:
- Clasificado indebidamente como exento de la FLSA.
- No cobrar las horas extraordinarias cuando se trabajan más de 40 horas semanales.
- Pagar las horas extraordinarias a una tarifa inferior a la exigida por la FLSA.
- No cobrar por todas las horas de trabajo, por ejemplo, no recibir la compensación adecuada por trabajar antes o después de un turno.
- No se les ha pagado por el tiempo empleado durante la formación o mientras formaban a otros, y no se les ha compensado mientras promocionaban el negocio.
- No se les pagan puntualmente las horas extraordinarias que han trabajado.
- No se les paga la última nómina tras pasar a otro trabajo o ser despedidos.
Los empleados del sector del cannabis también han sufrido reducciones de jornada, despidos o represalias en general por parte de los empresarios por presentar denuncias sobre infracciones en el lugar de trabajo.
Infracciones habituales
Muchos budtenders y otros empleados del comercio minorista de cannabis reciben propinas por sus servicios. Algunos ejemplos de estas infracciones son:
- Grupos de propinas que incluyen a personas que no deberían estar incluidas en la FLSA.
- Pagar a los empleados la tarifa de crédito por propinas cuando realizan trabajos que no generan propinas.
- No respetar las leyes estatales relativas a la cuantía del crédito por propinas.
Para más información, envíenos un correo electrónico a [email protected] o llame al (202) 833-8855 para concertar hoy mismo una consulta gratuita con un abogado laboralista con experiencia (que esté familiarizado con el sector del cannabis), o haga clic en el enlace para acceder al formulario Contáctenos en el encabezado del menú de arriba.
Protecciones estatales específicas contra la discriminación
La mayoría de los estados que han legalizado el cannabis medicinal ofrecen protección contra la discriminación a los empleados que están registrados como usuarios o titulares de una tarjeta de cannabis medicinal, o que cuidan de alguien que es un paciente registrado, incluidos Arizona, Arkansas, Connecticut, Delaware, Illinois, Maine, Maryland, Minnesota, Misuri, Montana, Nevada, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Oklahoma, Pensilvania, Rhode Island, Dakota del Sur, Virginia y Virginia Occidental.California ampliará las protecciones a los consumidores de cannabis medicinal a partir del 1 de enero de 2024. A partir del 1 de julio de 2023, la Ley de Enmienda de Protección del Empleo del Cannabis de 2022 exigirá a los empleadores de Washington D.C. que traten el consumo de cannabis medicinal por parte de un paciente para tratar una discapacidad de la misma manera que tratarían el consumo legal de una sustancia controlada.
Las decisiones de los tribunales de apelación protegen a los trabajadores de la discriminación por consumo de cannabis medicinal en Massachusetts, New Hampshire y Vermont. Es importante señalar que los empleadores de estos estados nono tienen prohibido imponer medidas disciplinarias a los empleados que consuman cannabis o se encuentren en estado de embriaguez mientras estén de servicio o en las instalaciones de la empresa.
Además, algunos estados, como Connecticut, Montana, Nevada, Nueva Jersey y Nueva York, han otorgado protección a determinados consumidores de cannabis fuera de servicio, prohibiendo que se tomen medidas contra el personal por consumo recreativo fuera de servicio. California añadirá estas protecciones a partir del 1 de enero de 2024. Estados como Delaware y Rhode Island han declarado explícitamente que un resultado positivo en un control de drogas no basta para determinar que un empleado está incapacitado mientras trabaja.
A partir del 1 de julio de 2023, Washington, D.C. prohibirá a los empleadores despedir, no contratar o tomar otras medidas de personal contra un trabajador por el uso de cannabis, la participación en el programa de cannabis medicinal del Distrito o de otro estado, o no pasar una prueba de drogas de cannabis requerida o solicitada por el empleador a menos que el puesto sea designado sensible a la seguridad.
El estado de Washington ha promulgado recientemente una ley que prohíbe la discriminación en las decisiones iniciales de contratación basadas en el consumo legal de cannabis fuera de servicio por parte de un solicitante de empleo o en los resultados de pruebas que indiquen la presencia de cannabis no psicoactivo, con efecto a partir del 1 de enero de 2024.
Los empleados que consumen legalmente cannabis recreativo fuera de su horario de trabajo en los estados en los que dicho consumo está protegido pueden recurrir legalmente si son despedidos, sancionados o sometidos a otras medidas personales como consecuencia de su consumo legal de cannabis fuera de su horario de trabajo.
Dado que el cannabis sigue siendo una droga de la Lista I en virtud de la legislación federal, es poco probable que los empleados que están sujetos a las pruebas de drogas del Departamento de Transporte (DOT) (es decir, los empleados con licencias de conducir comerciales) estén protegidos de medidas disciplinarias si dan positivo por cannabis. Además, es igualmente improbable que los contratistas federales tengan derecho a reclamar.
Estados como Colorado, Florida, Georgia, Hawai, New Hampshire, Dakota del Norte, Ohio y Oregón NO prohíben a los empleadores tomar medidas laborales adversas contra los consumidores de cannabis medicinal. Por lo tanto, no podemos presentar reclamaciones en estos estados.
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