Trabajadores a domicilio de DC
A través de nuestro trabajo con SEIU Local 1199 nos hemos enterado de que muchas, si no todas, las Agencias de Salud a Domicilio del Distrito de Columbia que prestan servicios de salud a domicilio a los beneficiarios de Medicaid en el Distrito de Columbia pueden estar violando los derechos de sus trabajadores al pago obligatorio exigido por la ley.
McGillivary Steele Elkin LLP ha representado con éxito a muchos asistentes de salud en el hogar y los trabajadores de atención domiciliaria locales a Washington, DC que han experimentado estas violaciones significativas a su salario y horas de trabajo, que incluyen pero no se limitan a:
- No percibir el salario mínimo vital obligatorio en D.C. (actualmente 14,50 $ por hora).
- No cobrar a tiempo
- No disfrutar de baja por enfermedad retribuida
- No recibir la compensación adecuada por horas extraordinarias en virtud de la legislación federal y del Distrito de Columbia.
El Distrito de Columbia exige a sus contratistas públicos que paguen un "salario digno" a sus empleados. Código del Distrito de Columbia § 2-220.03(a). El salario digno es actualmente de 14,50 dólares por hora. En 2014, el salario digno del Distrito fue de 13,60 $; el salario digno fue de 13,40 $ en 2013, de 12,50 $ en 2012 y de 11,75 $ en 2011. 7 DCMR 1002. Los auxiliares de salud en el hogar que prestan servicios a través de una agencia de atención domiciliaria que recibe fondos del Distrito se encuentran entre los tipos de empleados con derecho a recibir un salario digno. La falta de pago de un salario digno a los auxiliares de salud en el hogar, así como la falta de pago oportuno a los auxiliares de salud en el hogar, es una violación de la Ley de Pago y Cobro de Salarios del Distrito ("WPCL").
En virtud de la WPCL, los empleados de asistencia sanitaria a domicilio tienen derecho a interponer una demanda por impago de salarios y liquidación de daños y perjuicios "en nombre y representación de todos los empleados en situación similar". D.C. Code § 32-1308(a). Si la demanda prospera, los empleados tienen derecho a recuperar los salarios impagados más una cantidad adicional en concepto de daños y perjuicios liquidados y sanciones, así como, a discreción del tribunal, las costas y honorarios y los honorarios razonables de los abogados. Código del Distrito de Columbia, artículo 32-1308(b).
Además, los auxiliares sanitarios a domicilio que no dispongan de al menos algunos días de baja por enfermedad retribuida pueden tener derecho a atrasos salariales, así como a multas coercitivas por cada día no disfrutado. La cantidad concreta de días de baja por enfermedad retribuidos a los que se tiene derecho depende del tamaño de la empresa.
Si usted ha trabajado para una Agencia de Salud en el Hogar del Distrito de Columbia proporcionando servicios de Medicaid en cualquier momento desde 2011 hasta el presente, por favor póngase en contacto con nosotros para aprender más acerca de sus derechos. Puede llamarnos al (202) 833-8855 o enviarnos un correo electrónico haciendo clic aquí.
Para obtener más recursos en línea, haga clic aquí para visitar la página de recursos del Departamento de Trabajo para trabajadores de atención directa.